RESICO – AGAPES, podrán serlo aunque reciban ingresos por pensiones y jubilaciones.
El Servicio de Administración Tributaria informa que los ingresos por pensiones, haberes de retiro, así como las pensiones vitalicias u otras formas de retiro provenientes de la subcuenta de retiro prevista en la Ley del Seguro Social o los provenientes de la cuenta individual del sistema de ahorro previsto por el ISSSTE están exentos al pago de impuestos del ISR hasta por un monto de 1,443.3 pesos diarios o 43,299 pesos mensuales para el año 2022.
Dicha exención se aplica sobre la totalidad de los ingresos, independientemente de que sean pagados por dos o más patrones.
Asimismo, los ingresos que se perciben por jubilación o pensiones, entre otros, en una sola exhibición, estarán exentos del ISR hasta por un monto de 3 millones 159 mil 097.20 pesos; si hay excedente se deberá pagar el impuesto respectivo, esto también aplica para 2022.
En caso de que las pensiones sean mayores a dicha cantidad, el ISR se cubre únicamente por el monto que exceda a lo permitido. Por ejemplo, si se recibe un ingreso por estos conceptos de 50 mil pesos al mes, de principio está exento por 43, 299 pesos al mes; solo se pagará ISR por 6 mil 701 pesos.
Aunado a ello, los contribuyentes pueden aplicar las deducciones personales conducentes (gastos médicos, donativos, colegiaturas e intereses hipotecarios, entre otros), lo que reduce el impuesto a cargo.